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Cómo puedo arreglar mis papeles en Estados Unidos

En SABEResPODER entendemos que arreglar sus papeles en Estados Unidos es un tema que puede traerle muchas dudas. Por eso, hemos desarrollado esta guía donde le ayudamos a identificar los puntos más importantes para lograr este objetivo. Tome en cuenta que, además de leer la información que le proporcionamos, es recomendable buscar también el asesoramiento de un abogado especializado en temas migratorios para poder resolver su situación de la manera más efectiva.

¿Qué es y cómo funciona la Ley de Inmigración en EE.UU.?

La Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA, por sus siglas en inglés) es un conjunto de disposiciones legales referidas a temas migratorios dentro del territorio estadounidense. Esta ley fue lanzada en 1952, pero a lo largo de los años ha ido modificándose. Uno de los temas que incluye es cómo una persona extranjera puede regularizar su estatus migratorio y solicitar la Residencia Permanente Legal, también conocida como Green Card o Tarjeta Verde. La institución encargada de este proceso es el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS, por sus siglas en inglés).

Se puede tramitar la Green Card estando en Estados Unidos o desde otro país. En el primer caso, el trámite que se debe hacer es el Ajuste de Estado. En el segundo caso, se debe hacer un Procedimiento Consular desde la Embajada o Consulado estadounidense más cercano.

En las siguientes secciones nos enfocaremos en cómo es el proceso si ya se encuentra dentro Estados Unidos.

¿Qué es un Ajuste de Estatus?

El Ajuste de Estatus es un proceso por el cual usted puede solicitar la Green Card si se encuentra dentro de Estados Unidos. Debe hacerse luego de que la petición haya sido aprobada.

Según la categoría de inmigrante que tenga, podrá hacer este trámite de manera instantánea o deberá esperar a que haya una vacante disponible. Hablaremos en detalle sobre este tema más adelante.

El Ajuste de Estatus consiste principalmente en completar el Formulario I-485, también conocido como Solicitud de Registro de Residencia Permanente o Ajuste de Estatus.

Principales formas de arreglar los papeles en Estados Unidos

Hay muchas maneras en las que una persona puede regularizar su situación migratoria y obtener la Green Card. Lo que debe hacer, en principio, es identificar cuál se ajusta a su situación y ver si es elegible. Es decir, según qué tipo de inmigrante sea, podrá hacer un determinado proceso para solicitar la residencia permanente. Por ejemplo, usted puede solicitarla si es:

  • Trabajador inmigrante
  • Familiar cercano de un ciudadano o residente
  • Víctima de un crimen

Veamos en detalle cómo pueden arreglar sus papeles las personas que tienen familiares cercanos en EE.UU. o que fueron víctimas de un crimen.

Regularización por vínculo familiar

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Al demostrar un parentesco con una persona que tenga la ciudadanía o la residencia permanente de EE.UU., puede solicitar la Green Card por vínculo familiar. En este trámite, su familiar estadounidense debe actuar en calidad de patrocinador o peticionario. Esto significa que debe demostrar el vínculo con usted y que tiene los medios suficientes para asegurarse de que usted puede vivir en el país tranquilamente.

Veamos cómo es el proceso general de este trámite si usted ya se encuentra en Estados Unidos:

  1. Su patrocinador o peticionario debe completar el Formulario I-130 (documento en el cual se establece el vínculo familiar) y esperar su aprobación.
  2. Verificar disponibilidad de visas. Según el tipo de vínculo familiar con el patrocinador, podrá solicitar directamente la visa o esperar a que haya una disponible.
  3. Solicitar el Ajuste de Estatus con el Formulario I-485.
  4. Ir al Centro de Asistencia de Solicitudes para la toma de datos biométricos.
  5. Ir a una entrevista.
  6. Esperar a la decisión final.

¿A favor de quién se puede peticionar?

Dependiendo del estatus del patrocinador, podrá ayudar a distintos tipos de familiares. Si tiene la ciudadanía, puede peticionar a favor de su:

  • Cónyuge
  • Hijos/as
  • Hermanos/as
  • Padres

Si tiene la residencia permanente, puede peticionar a favor de su:

  • Cónyuge
  • Hijos/as solteros menores de 21 años

Categorías de familiares

Las autoridades de Estados Unidos distinguen dos categorías de familiares:

  • Categoría de familiar inmediato. En esta categoría, las Green Card son ilimitadas. Califican cónyuge, hijos solteros menores de 21 años y padres de un ciudadano americano.
  • Categoría preferencial basada en la familia. En esta categoría, las Green Cards son limitadas y hay que esperar a que se libere una para poder avanzar con el trámite. Califican:
    • Hijos solteros mayores de 21 años, hijos casados de cualquier edad y hermanos de un ciudadano americano.
    • Cónyuge, hijos solteros menores de 21 años de un residente permanente de EE.UU.

Familiares de ciudadanos militares

Los cónyuges e hijos de miembros del servicio militar de Estados Unidos pueden ser elegibles para obtener la ciudadanía de forma automática.

Por lo general, los cónyuges necesitan tener la Green Card antes de naturalizarse. Para ello, debe pasar por el mismo proceso general de regularización por vínculo familiar: presentar el Formulario I-130 y el Formulario I-485. Además, para solicitar la ciudadanía necesitan cumplir otros requisitos, como:

  • Ser mayor de 18 años.
  • Estar presente en EE.UU. al momento de la naturalización.
  • Saber leer, escribir y hablar inglés en un nivel por lo menos básico.
  • Tener un conocimiento básico acerca de la historia de EE.UU.

En cambio, los hijos de un militar de EE.UU. pueden obtener la ciudadanía de manera automática, sin necesidad de conseguir antes la Green Card y sin necesidad de estar dentro del país.

Regularización para víctimas

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Las personas extranjeras que fueron víctimas de ciertos delitos pueden solicitar una visa para residir de manera temporal en los Estados Unidos y eventualmente solicitar la Green Card. Veamos de qué se tratan algunas de estas visas y cuáles son sus criterios de elegibilidad.

Víctimas de Actos Criminales: Visa U

La Visa U está destinada a personas que fueron víctimas de crímenes como asecho, tortura o secuestro, entre otros, y otorga a quien la porta el estatus de No Inmigrante U. Se puede tramitar dentro de EE.UU. o en una embajada o consulado estadounidense. Esta visa tiene 4 años de validez pero se puede hacer una prórroga bajo condiciones especiales.

Criterios de elegibilidad para la Visa U:

  • Ser víctima de un acto criminal cualificado.
  • El crimen debe haber ocurrido en Estados Unidos o haber violado las leyes del país.
  • Haber sufrido abuso físico o mental significativo como consecuencia del acto criminal.
  • Colaborar con las entidades policiales en la investigación o procesamiento penal del crimen (si la persona tiene menos de 16 años o no puede proporcionar información debido a una incapacidad, su padre, tutor o representante legal puede colaborar en su nombre con las entidades policiales).
  • Ser elegible para la admisión en los Estados Unidos.

Pasos para solicitar la Visa U:

  1. Completar adecuadamente el Formulario I-918.
  2. Frente a un problema de inadmisibilidad, presentar también el Formulario I-192 (mediante este documento se solicita la exención del causal de inadmisibilidad).
  3. Hacer una declaración personal describiendo la actividad criminal sufrida.
  4. Presentar alguna evidencia que establezca cada uno de los requisitos de elegibilidad mencionados anteriormente.

La Visa U conduce a la Tarjeta Verde. Para ello se debe haber vivido en Estados Unidos por al menos tres años seguidos bajo el estatus No Inmigrante U y se debe haber aportado información a las agencias del orden público desde que recibió su Visa U.

Víctimas de Trata de Personas: Visa T

La Visa T está destinada a personas que fueron víctimas de una forma grave de trata (sexual o de mano de obra). Esta visa tiene 4 años de validez (con posibilidad de extensión) y otorga a quien la porta el estatus de No Inmigrante T.

Criterios de elegibilidad para la Visa T:

  • Haber sido víctima de una forma severa de trata de personas.
  • Encontrarse en los Estados Unidos, Samoa Americana, la Comunidad de las Islas Marianas del Norte, o en un puerto de entrada al país por ser una víctima de trata de personas.
  • Colaborar con las agencias del orden público en la investigación o procesamiento de actos de trata de personas (menores de 18 años o personas impedidas de colaborar por causa de un daño físico o psicológico están exentas de este requisito).
  • Demostrar que se sufriría dificultades extremas relacionadas con daños personales si se sale de los Estados Unidos.
  • Ser elegible para la admisión en los Estados Unidos.

Pasos para solicitar la Visa T:

  1. Presentar el Formulario I-914.
  2. En caso de haber un problema de inadmisibilidad, presentar también el Formulario I-192.
  3. Presentar una declaración personal donde se explique cómo se fue víctima de trata de personas.
  4. En algunos casos será necesario colaborar con las agencias de orden público con la investigación. Para ello, se pueden presentar evidencias como transcripciones del juicio, documentos judiciales o artículos de prensa, entre otras.
  5. Presentar evidencias que demuestren que se cumple con todos los requisitos de elegibilidad mencionados anteriormente.

La Visa T conduce a la Green Card. Para ello, se debe haber residido en EE.UU. bajo el estatus de No Inmigrante T o la investigación de los actos de trata de personas deber haber finalizado, lo que ocurra primero.

Víctimas de violencia de género (VAWA)

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Como mencionamos al comienzo, el proceso de inmigración basado en un vínculo familiar requiere que un ciudadano o residente permanente de EE.UU. inicie el trámite, haciendo una petición para sus familiares extranjeros. Por eso recibe el nombre de peticionario o patrocinador.

Sin embargo, pueden existir situaciones donde el peticionario mantiene una actitud violenta hacia el familiar que patrocina. Por ejemplo, amenaza con suspender o retirar la petición para controlar, coaccionar o intimidar.

Con la aprobación de la Ley de Violencia Contra la Mujer (VAWA, por sus siglas en inglés) los no ciudadanos que fueron maltratados por su familiar patrocinador pueden peticionar de manera independiente (es decir, autopeticionarse) para solicitar la Green Card sin la necesidad del consentimiento de su familiar maltratador.

Pueden presentar la autopetición las siguientes personas:

  • Cónyuges e hijos de ciudadanos o residentes permanentes.
  • Padres de ciudadanos estadounidenses mayores de 21 años.

Por lo general, un no ciudadano que presenta la autopetición es conocido como autopeticionario VAWA. Si USCIS aprueba la autopetición, puede buscar obtener la residencia permanente legal y obtener la Green Card.

Este trámite puede hacerse mediante Procesamiento Consular si el autopeticionario VAWA está fuera de Estados Unidos o al solicitar Ajuste de Estatus si está dentro del país.

Si se encuentra dentro de EE.UU., el procedimiento general para solicitar una autopetición VAWA consiste en presentar el Formulario I-360 y luego presentar el Formulario I-485 (al igual que en el proceso de regularización por vínculo familiar) para obtener la Green Card.

Jóvenes víctimas de abandono, abuso o maltrato (SIJ)

Los jóvenes menores de edad que están en Estados Unidos y han sido abusados, abandonados o han sido objeto de negligencia por parte de sus padres, son elegibles para la clasificación de Joven Inmigrante Especial (SIJ, por sus siglas en inglés) y solicitar la Green Card.

Principales criterios de elegibilidad para obtener la clasificación SIJ:

  • Ser menor de 21 años al momento de presentar la petición SIJ.
  • Vivir actualmente en Estados Unidos.
  • Ser soltero/a.
  • Tener una orden válida expedida por un Tribunal Estatal de Menores de EE.UU. (algunos tribunales emiten órdenes sólo a personas que son menores de 18 años) que determine que el joven:
    • está bajo la custodia del tribunal, una agencia estatal o alguien designado por el tribunal.
    • no puede regresar al país de origen o a la residencia de sus padres porque no es su mejor opción.
    • no puede reunirse con ninguno de sus padres debido a cualquiera de las siguientes situaciones: abuso, abandono, maltrato o una causa similar bajo la ley estatal.

Pasos para presentar una petición para la clasificación SIJ:

1. Presentar el Formulario I-360.

2. Presentar uno de los siguientes documentos que verifiquen la edad del solicitante:

    • Certificado de nacimiento
    • Pasaporte
    • Documento oficial de identidad expedido en el extranjero
    • Otro documento que demuestre la edad

    3. Presentar una órden válida de un Tribunal de Menores con las características mencionadas anteriormente.
    4. Presentar un consentimiento escrito (documento disponible solo en inglés) de parte del Departamento de Salud y Servicios Humanos de Estados Unidos (HHS, por sus siglas en inglés) en caso de corresponder.

    5. Completar el Formulario G-28 en caso de tener un abogado o un representante acreditado.

    Otros casos especiales para arreglar papeles

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    Existen casos puntuales donde una persona extranjera puede regularizar su estatus legal en los Estados Unidos. Por ejemplo, si la persona ha vivido más de 40 años en el país o por decisión del Congreso.

    Residencia por más de 40 años

    Una de las secciones de la ley de inmigración de EE.UU. considera la posibilidad de darle la Green Card a personas que ingresaron sin los papeles correspondientes al país. Dicha sección se llama Registry.

    Los requisitos para obtener la residencia permanente según el Registry son:

    • Haber ingresado a los Estados Unidos antes del 1 de enero de 1972.
    • Haber residido en los Estados Unidos continuamente desde que ingresó.
    • Tener un buen comportamiento civil.
    • Ser elegible para la ciudadanía.
    • No ser una persona deportable.
    • No ser un delincuente, ni estar involucrado en delitos graves como narcotráfico o trata de personas.

    Lo que debe saber: Para solicitar una Green Card bajo las disposiciones del registry, se debe presentar el Formulario I-485.

    Decisión del Congreso

    El Congreso de los Estados Unidos tiene la potestad de arreglar papeles de personas indocumentadas. Sin embargo, se trata de casos excepcionales y extremadamente puntuales. Por ejemplo, si la persona extranjera hizo un acto extraordinario o heroico en beneficio de la Nación o de los ciudadanos estadounidenses, el Congreso puede decidir darle la residencia permanente o la ciudadanía como reconocimiento de su noble accionar.

    Esta forma de obtener la Green Card no es algo a lo que deban aspirar las personas extranjeras, ya que si bien el Congreso tiene la potestad de otorgarla, los actos heroicos son por definición extraordinarios y por sobre todo, desinteresados.

    Programa de Visas de Diversidad (lotería de visas)

    Cada año, a través ​​del Programa de Visas de Diversidad de Inmigrantes (disponible solo en inglés), se aprueban alrededor de 50,000 visas de residencia permanente a nivel mundial, elegidas al azar por sorteo computarizado, para ciudadanos de países que hayan tenido bajo nivel de inmigración a los Estados Unidos durante los últimos 5 años.

    Para participar en el sorteo, se debe hacer la inscripción de manera electrónica a través del sitio web oficial dvprogram.state.gov (disponible solo en inglés) durante el periodo de inscripción. La inscripción al sorteo es gratuita.

    Los principales requisitos para anotarse son los siguientes:

    • Ser nativo de un país que califique.
    • Tener al menos nivel de educación secundaria completo o dos años de experiencia laboral en un área de trabajo que requiera dos años de entrenamiento.

    ¿Puedo solicitar residencia si entré indocumentado a EE.UU.?

    Hay dos secciones de la ley de inmigración de EE.UU. que permiten a las personas que entraron al país como indocumentadas solicitar la Green Card. Una de ellas ya la hemos mencionado: El registry. La otra es la sección 245(i) de la Ley de Equidad para las Familias de Inmigrantes Legales (LIFE, por sus siglas en inglés).

    Esta normativa permite obtener la Green Card a ciertas personas que están en Estados Unidos pero que no reúnen las condiciones necesarias para solicitar un Ajuste de Estatus. Pueden obtener la residencia permanente sin importar:

    • la manera en que entraron a EE.UU. (es decir, con o sin los papeles correspondientes)
    • si trabajan en los Estados Unidos sin autorización
    • entraron al país en regla pero perdieron su estatus legal

    Criterios de elegibilidad para solicitar la Green Card basada en la sección 245(i):

    • Ser beneficiario de una petición de inmigrante cualificada (Formulario I-130 o I-140) o de una solicitud de certificación de condición laboral (Formulario ETA-750) presentada con fecha previa a 30 de abril de 2001.
    • Ser actualmente el beneficiario de una petición de inmigrante cualificada o de una solicitud de certificación de condición laboral.
    • Tener una visa disponible de inmediato.
    • Ser elegible para la admisión en los Estados Unidos.

    Procedimiento para solicitar la Green Card basada en la sección 245(i):

    Se debe presentar el Formulario I-485 junto a su respectivo Suplemento A y pagar las tarifas correspondientes (aproximadamente $1,000), a menos que se califique para una exención.

    ¡Arreglar sus papeles es muy importante!

    Regularizar su estatus migratorio es fundamental para que pueda llevar una vida tranquila dentro de los Estados Unidos y evitar problemas graves.

    Esperamos que con esta guía haya podido orientarse respecto de cuál es situación y qué trámites son los que debe seguir. Igualmente, tenga en cuenta que, para hacer cualquiera de ellos debe contar con el asesoramiento de un abogado especializado en temas migratorios que lo guíe de manera exacta en todos los pasos a seguir. De esta forma, no sólo ahorrará tiempo, sino que también podrá avanzar de manera firme para obtener la Green Card.

    Sabemos que arreglar papeles puede ser un proceso estresante, ¡así que no se preocupe! Por eso estamos aquí. Si tiene alguna duda sobre este u otros temas, puede consultarnos en nuestro chat. Nos encantaría ayudarle.